CIRCULAR A TODOS LOS OPERADORES DEL MERCADO DE CAPITALES Published: octubre 22, 2020
Conforme al artículo 38(2) de la Ley de Inversiones y Valores de 2007, que faculta a la Comisión de Valores y Bolsa («la Comisión») para establecer las condiciones de registro de los operadores del mercado de capitales, incluido el nivel de conocimientos y competencias exigido para operar en el mercado de capitales nigeriano, la Dirección de la Comisión ha aprobado lo siguiente:
- Los directores generales/directores ejecutivos de operadores del mercado de capitales que presenten a personas patrocinadas ante el Comité de Registro para su entrevista deberán proporcionar un informe detallado sobre sus empresas, destacando su contribución al desarrollo del mercado de capitales nigeriano.
- En lo sucesivo, todas las personas patrocinadas registradas que deseen transferir su registro a un operador propuesto del mercado de capitales (nueva empresa) deberán someterse a una nueva entrevista, a diferencia de la práctica actual por la que se les concede una exención.
- A partir de enero de 2021, los exámenes previos al registro para los aspirantes a operadores del mercado de capitales, organizados por el Instituto del Mercado de Capitales Nigeriano, incluirán preguntas de desarrollo.
Actúe de conformidad con lo anterior.
Firmado
La Dirección